La Organización Mundial de la Salud anuncia un consenso científico sobre el cannabis medicinal: Recomendó a los gobiernos ELIMINAR el cannabis y la resina de cannabis de la Clasificacion grado IV de la Convención Única sobre Estupefacientes.

La política de cannabis medicinal ahora en manos de la Comisión de Narcóticos de las Naciones Unidas
 

En una declaración histórica publicada hoy, la Organización Mundial de la Salud (OMS) anunció su recomendación a los gobiernos de eliminar el cannabis y la resina de cannabis de la Clasificación IV de la Convención Única sobre Estupefacientes. Este es el Documento:

PeticionOMScannabis.pdf

La Clasificación IV de la Convención Única contiene estupefacientes que se consideran particularmente peligrosos y sin ninguna importancia terapéutica. El cannabis y la resina de cannabis se incluyeron en este Programa al momento de la adopción de la Convención Única en 1961. La Convención Única alienta a los gobiernos a prohibir la producción, distribución y uso de drogas en este Programa.

La decisión de incluir el cannabis y la resina de cannabis en la Clasificación IV de la Convención Única se debió a un enfoque parcial del cannabis motivado por motivos políticos en algunos países occidentales, en particular en los Estados Unidos, y no por razones científicas como lo exige esta convención. En las décadas siguientes, los pacientes de todo el mundo encontraron que el cannabis era útil para tratar sus dolencias, pero se les impidió el acceso legal a este medicamento debido a las leyes prohibitivas en sus países según las disposiciones de la Convención Única para drogas en el Anexo IV.

La determinación de los pacientes para luchar por el acceso legal al cannabis medicinal y la cantidad cada vez mayor de evidencia científica que confirma su utilidad médica ha llevado, desde la década de 1990, al establecimiento de programas de cannabis medicinal en algunos países. Sin embargo, a la gran mayoría de los pacientes en todo el mundo se les ha impedido continuamente el acceso legal a este medicamento. Los defensores del uso médico del cannabis, tanto pacientes como científicos, solicitaron repetidamente a la OMS que cumpliera su mandato en virtud del Convenio único y realizara una revisión científica del cannabis para evaluar de manera justa su utilidad terapéutica para proponer la corrección de su estado en el marco del Convenio único. Convención.

En marzo de 2016, el grupo de expertos en cannabis de renombre mundial convocado por la organización de pacientes “Americans for Safe Access” presentó a la OMS un documento completo que demuestra la utilidad médica del cannabis y está estructurado estrictamente en línea con la OMS. Luego de eso, en noviembre de 2016, la OMS acordó llevar a cabo una revisión del cannabis y sus derivados. Este proceso de revisión se llevó a cabo en varias etapas y se finalizó hoy con la emisión de estas recomendaciones al Comité de Estupefacientes de las Naciones Unidas.

Esto representaría un gran avance en el uso médico del cannabis en todo el mundo, ya que ningún gobierno podría ahora referirse a este tratado internacional como una razón para prohibir el uso médico del cannabis. Además, en línea con las disposiciones de la Convención Única, los gobiernos ahora estarían obligados a garantizar la disponibilidad adecuada de cannabis para aliviar el dolor y el sufrimiento de los pacientes en sus países.

“Es gratificante que la Organización Mundial de la Salud haya reconocido el hecho científico de que el cannabis y sus derivados tienen propiedades terapéuticas demostrables y pueden ser la base para medicamentos seguros y eficaces. «Ahora corresponde a los gobiernos de los EE. UU. Y otras naciones eliminar las barreras a la investigación sobre el cannabis y permitir su libre comercio a través de las fronteras estatales y internacionales», declaró Ethan Russo, MD, neurólogo y Director de Investigación y Desarrollo del Cannabis Internacional. y el Instituto de Cannabinoides (ICCI).

Además, la OMS formuló recomendaciones para reprogramar el dronabinol y otros isómeros de THC del Convenio de 1971 sobre sustancias psicotrópicas a la Lista I del Convenio de 1961.

Además, la OMS recomendó incluir algunos preparativos de cannabis y THC en la Lista III de la Convención de 1961 que los eximiría de muchas medidas de control de esta Convención y facilitaría de manera importante el acceso de los pacientes a ellos. La OMS también recomendó que la CND confirme que las preparaciones de CDB que contienen no más del 0.2% de THC no están bajo control internacional. Ninguna de estas modificaciones cambiaría la prohibición del cannabis y el THC con fines recreativos.

«Estas recomendaciones fueron inevitables y su adopción por parte de la Comisión de Estupefacientes de las Naciones Unidas mejoraría la salud pública a nivel mundial», declaró el Dr. Pavel Pachta, Director de Asuntos Regulatorios Internacionales de ICCI y ex Secretario Adjunto de la Junta Internacional de Control de Narcóticos (JIFE). «No esperamos que la CND vote en contra de estas recomendaciones, ya que provienen de expertos científicos y se basan en una revisión científica rigurosa».

De conformidad con las disposiciones de la Convención Única, esta recomendación de la OMS se someterá ahora a votación durante el 62º período de sesiones de la Comisión de Estupefacientes que se reunirá en Viena, Austria, en marzo de 2019. Cincuenta y tres Estados son miembros. de esta Comisión y una sola mayoría de los miembros presentes y votantes deben aprobar la recomendación de la OMS.